Hola a todos, ahora que me planteo comprarme "un reloj de los caros" me preguntaba si no me dará miedo luego sacarlo a la calle? si vosotros tenéis miedo o vais con especial cuidado? si tenéis los relojes asegurados de alguna forma especial?, etc...
No sé si todos los seguros multirriesgo hogar cubren el atraco fuera del domicilio. He hecho una foto a la parte de mi seguro donde se trata el tema. En mi caso tengo asegurado TOTALMENTE cualquier reloj que pueda llevar, puesto que ninguno excede de la suma que tengo asegurada. Supongo que quien tenga un seguro como el mío, y quiera tener más amplia cobertura, lo que debería hacer es comunicarlo a su cía. de seguros para que le adicionen una cláusula en donde figure tal circunstancia y, claro está, pagar algo más de prima en cada recibo. Que haya un límite en la cobertura no significa que el seguro no cubra nada si el valor del objeto excede de dicho límite. El límite marca hasta dónde cubre la cía de seguros y a partir de dónde lo cubre el, valga la redundancia, asegurado. Los límites, en los seguros, marcan el inicio a partir del cual el asegurado se convierte en su propio asegurador.
Según lo que se lee en mi póliza, hay tres condiciones que se han de dar para que la cía de seguros se haga cargo de la pérdida del objeto del que hemos sido desposeídos:
a) Que el atraco nos lo hayan infligido en Europa,
b) que haya ocurrido mediante violencia o amenazas y
c) que haya sido denunciado ante la Policía.
Me gustaría hacer una observación acerca del redactado de la póliza. Tanto la violencia como las amenazas han de ser ejercidas sobre el "Asegurado y/o sus familiares que con él convivan". O sea, que si amenazan a uno con matarle a su mascota (más querida, en muchas ocasiones, que algunos familiares) si no da lo que lleva encima de valor, y lo entrega debido a esta amenaza, el seguro... ¿no se haría cargo?