• NORMAS PARA EL SUB-FORO "TERTULIA"

    A partir de la fecha 22/01/2012 en este sub-foro -además de las Normas Generales-, regirán las siguientes normas particulares:

    1. Los temas que se creen, serán como se indica en la descripción del subforo, para DEBATIR y OPINAR sobre temas que no estén relacionados con la relojería.

    2. Si un usuario crea un tema concreto (por ej. "Mi colección de sellos"), todos los demás aportes de dicha temática que realice, deberá hacerlos bajo el mismo hilo que inició, evitando dispersar multitud de aportes idénticos en el sub-foro. De no realizarlo de ese modo, el Staff procederá directamente a su borrado, sin más.

    3. No se permitirá la creación de temas sin sentido, de escaso interés colectivo, o cuya nula generación de debate haya ya sido comprobada con anterioridad (como por ej.: datos estadísticos, cotizaciones, frases célebres, refranes, efemérides y similares).

    4. Las intervenciones en este sub-foro NO computarán en el contador de intervenciones de los usuarios.

    5. FdR se reserva el derecho de ampliar estas normas en cualquier momento y sin previo aviso.

Centro Relojero Pedro Izquierdo

CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA de 1978

Claudio

Baneado
La imagen enlaza con la página del BOE donde está ubicado el texto de la Constitución en un documento PDF.



<a href="http://www.boe.es/aeboe/consultas/enlaces/documentos/ConstitucionCASTELLANO.pdf" target="_blank"><img src="http://i43.tinypic.com/2zodlas.jpg" border="0" alt="Constitución Española de 1978"></a>



El párrafo 12º del apartado 1 de su artículo 149 reza así:

Artículo 149.
1. El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:
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12. Legislación sobre pesas y medidas, determinación de la hora oficial
.​
 

jositus

Moderador
Ya hace años que no las reparten con el periódico y ahora que me he emancipado no tengo ninguna para rebatir a mi MDD. Asi que me viene muy bien el enlace, gracias.
 
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