• NORMAS PARA EL SUB-FORO "TERTULIA"

    A partir de la fecha 22/01/2012 en este sub-foro -además de las Normas Generales-, regirán las siguientes normas particulares:

    1. Los temas que se creen, serán como se indica en la descripción del subforo, para DEBATIR y OPINAR sobre temas que no estén relacionados con la relojería.

    2. Si un usuario crea un tema concreto (por ej. "Mi colección de sellos"), todos los demás aportes de dicha temática que realice, deberá hacerlos bajo el mismo hilo que inició, evitando dispersar multitud de aportes idénticos en el sub-foro. De no realizarlo de ese modo, el Staff procederá directamente a su borrado, sin más.

    3. No se permitirá la creación de temas sin sentido, de escaso interés colectivo, o cuya nula generación de debate haya ya sido comprobada con anterioridad (como por ej.: datos estadísticos, cotizaciones, frases célebres, refranes, efemérides y similares).

    4. Las intervenciones en este sub-foro NO computarán en el contador de intervenciones de los usuarios.

    5. FdR se reserva el derecho de ampliar estas normas en cualquier momento y sin previo aviso.

Centro Relojero Pedro Izquierdo

Para los que tenemos hipoteca anterior a 2006

SALACIUS

New member
¿Compraste tu vivienda antes del 20 de enero del año 2006?
Pues no te olvides al hacer la declaración de la Renta de rellenar la casilla número 737, porque, según explica en su edición de hoy El Mundo, “las personas que adquirieron una vivienda antes de esa fecha con una hipoteca que cubra el 50% o más del coste del piso tienen derecho a una compensación por el cambio legislativo introducido por el Gobierno, que ha reducido al 15% toda la deducción por vivienda”.

En el programa Padre hay que rellenar una pestaña y la casilla 737

Antes, explica el rotativo, “la desgravación durante los dos primeros años llegaba al 25% para la mitad del máximo que se puede deducir (9.015 euros) y al 20% para esa misma cifra durante los años siguientes”. Para que no salieran perjudicados con la nueva legislación los que adquirieron su casa antes del cambio normativo añade a la declaración de la renta la compensación fiscal. “De este modo, la deducción se puede incrementar hasta en 450 euros para los que están dentro del primer supuesto (225 para el segundo)”, asegura El Mundo.

Al parecer, el rotativo informa que en internet circula un correo electrónico que advierte de esto con el siguiente mensaje: “Si habéis entregado ya la declaración revisadla y comprobad que la casilla 737 la tenéis rellena. Se refiere a una compensación por tener la hipoteca anterior a 2006″.

El aviso va destinado a las personas que hacen su declaración con el programa PADRE o mediante la confirmación del borrador.

En el programa PADRE

Si el usuario hace la declaración con el programa PADRE deberá rellenar una pestaña adicional y la casilla 737. Los que tengan derecho a la compensación, al acceder a la pantalla de inversión en vivienda habitual, tendrán que rellenar la pestaña de compensación por adquisición de vivienda habitual.

Al introducir la fecha de compra, si es anterior al 20 de enero de 2006, aparecerá el mensaje: “Compruebe las cantidades reflejadas a efectos de la compensación por inversión en la adquisición de vivienda habitual efectuada antes de 20 de enero de 2006 con financiación ajena”. Entonces, el usuario, explica El Mundo, debe pinchar en la pestaña de compensación para rellenar la casilla 737.

El borrador

En este caso la compensación, explica el periódico, se encuentra incluida si la vivienda se compró antes de 2005. En este caso, Hacienda ha enviado los borradores sin la compensación incluida, así que habrá que rectificar el borrador.

Espero que os sea útil

Saludos

Rafael
 
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